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COMUNICADO


Rueda de prensa del lunes 11 de Agosto del 2025
Rueda de prensa del lunes 11 de Agosto del 2025


El Proyecto Sistema Batán pretende llevar a cabo diversas obras de infraestructura con la finalidad de potabilizar aguas residuales para consumo humano. Según la Ley de Aguas Nacionales, las “Aguas Residuales” son aguas de composición variada provenientes de las descargas de usos público urbano, doméstico, industrial, comercial, de servicios, agrícola, pecuario, de las plantas de tratamiento y en general, de cualquier uso, así como la mezcla de ellas. Las aguas residuales contienen una gran cantidad de sustancias nocivas para la salud como metales pesados, micro plásticos, herbicidas, insecticidas, contaminantes emergentes, hormonas, virus, bacterias, antibióticos, sustancias de medicamentos usados en enfermedades como cáncer, lupus (disruptores endocrinos), que no están contemplados en las Normas Oficiales Mexicanas ni tampoco las Normas para Potabilización del Agua. 


Está científicamente comprobado que estas sustancias causan efectos adversos para la salud humana   como mutagénesis, teratogénesis, carcinogénesis. 


Independientemente de la inviabilidad financiera del proyecto por el alto costo y su impacto negativo en las finanzas estatales, queremos puntualizar los siguientes problemas técnicos y ambientales que hemos identificado:


  1. La crisis hídrica en Querétaro y la creciente demanda de agua es problema que se origina no solamente, ni principalmente por el consumo doméstico que es de 25%, pero el proyecto sistema Batán se limita y no toma en consideración que el uso industrial y agrícola del agua en conjunto tienen el mayor consumo de agua, aproximadamente el 57% y que se sigue incrementando; por ejemplo, en Querétaro están instalados 19 data centers, 32% del total en México y se estima que cada uno pueden gastar 400 mil litros de agua diarios, que equivale al consumo aproximado mensual de 506 hogares.


  1. Datos oficiales estiman que el 51% de las aguas residuales (negras) generadas en el Estado de Querétaro no reciben tratamiento y, además, el proyecto sistema Batán se limita y no considera una solución para las fugas que son el 47% del agua disponible.


  1. La presa El Batán, destinada a captar aguas residuales (negras) tratadas, presenta contaminación, tiene 4 mil toneladas de lirios acumulados en el fondo, actualmente cerca del 80% de la superficie está invadida por lirio acuático, tiene presencia de patógenos y toxinas naturales, con riesgo de incremento por mayor presencia de sustancias orgánicas. El proyecto sistema Batán no toma en consideración el riesgo de la contaminación, ni que la “NOM-014-CONAGUA-2003, Requisitos para la recarga artificial de acuíferos con agua residual tratada” en su apartado 6.2 dice que no permite esas recargas con agua residual tratada, en terrenos en los que las características del suelo o del agua subterránea hayan sido degradadas por contaminación, “aún cuando se hayan aplicado medidas de saneamiento.”


  1. El proyecto sistema Batán no toma en consideración que la infraestructura de la presa El Batán es inestable, su cortina presenta una fractura y únicamente puede llenarse hasta el 70% de su capacidad original 6 millones 500 mil metros cúbicos y al superar este umbral, debe ser vaciada para evitar riesgos de ruptura e inundaciones.


  1. El proyecto sistema Batán requiere que las aguas residuales (negras) tratadas que lleguen a la presa El Batán se diluyan con agua de lluvia, pero no toma en cuenta el riesgo ecológico y sanitario de la falta de dilución por la falta de lluvias o precipitaciones constantes durante todo el año en la presa.


  1. El proyecto sistema Batán no toma en consideración el riesgo ambiental que presenta el hecho que el rio que alimenta la presa El Batán esté altamente contaminado y tiene descargas de aguas residuales (negras) irregulares no controladas.

  2. El proyecto sistema el Batán asegura que la potabilización de aguas residuales o negras se basará en los estándares de la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-2021, que establece los parámetros para la calidad del agua para uso y consumo humano, pero no toma en consideración el riesgo ambiental y de salud de que dicha norma no es aplicable a la potabilización de aguas residuales tratadas. 


  1. El sistema proyecto Batán no toma en consideración el riesgo ambiental y de salud de que en México carece de normas oficiales que regulen la potabilización de aguas residuales tratadas para CONSUMO HUMANO y que controlen contaminantes emergentes en esas aguas.


  1. El proyecto sistema Batán no toma en consideración el riesgo ambiental de que en el Estado de Querétaro no se cuenta con una alternativa técnica, ni logística para el manejo y disposición segura de los lodos tóxicos que se generarían como subproducto de la potabilización de aguas residuales tratadas para consumo humano.


El proyecto sistema Batán no toma en consideración el riesgo ambiental y de salud de la falta de sistemas de monitoreo efectivos, constantes, independientes y sin conflicto de intereses y de la falta estándares suficientes para el tratamiento, saneamiento y potabilización de aguas residuales (negras) para consumo humano.


Es importante mencionar que como resultado de los  foros realizados,  se ha llegado a la conclusión unanime de que el Proyecto “Sistema Batán” es inviable desde el punto de vista jurídico, ambiental, de salud pública, técnico y financiero.


Por lo antes expuesto, respetuosamente pedimos lo siguiente:


PRIMERO.  Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 45 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y con fundamento en los artículos 1º, 4º y 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículos 5º, 6º y 7º del Acuerdo Regional Sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú)   proceda Usted a RETIRAR la Iniciativa de Decreto por el que la Sexagésima Primera Legislatura del Estado de Querétaro autoriza a la Comisión Estatal de Aguas, así como al Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro, para desarrolla el proyecto denominado “Sistema Batán”, bajo el esquema de Asociación Público Privada, en los términos que en el mismo se precisan”  


SEGUNDO.  Que de conformidad con los resultados de los diversos foros y de la Audiencia Pública y, con estricto cumplimiento al Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en Ameria Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú), instruya a las dependencias de la Administración Pública competentes para que elaboren un Proyecto que resuelva en forma integral el problema de la escasez  y gestión integral del agua en el Estado de Querétaro, atendiendo a las observaciones, propuestas y alternativas de la ciudadanía expuestas el 22 de julio de 2025,  en el Foro Científico – Ciudadano organizado por diversos colectivos de la Sociedad Civil y el de fecha 1o de agosto de 2025, en la Audiencia Publica realizada a solicitud de más de 600 ciudadanos y ciudadanas habitantes en el Estado de Querétaro y por diversos colectivos de la Sociedad Civil.

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TERCERO. Que en congruencia con el discurso de estar abiertos al dialogo y a la construcción de acuerdos, emita respuesta a la presente petición antes de que sea dictaminada la iniciativa de referencia.




 
 
 

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